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	Comentarios en: Medidas cubanas en tiempo de pandemia: entre lo legal y lo fáctico	</title>
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	<description>Organización periodística cubana sin fines de lucro</description>
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		Por: Marcos Antonio Fernández Pérez		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Marcos Antonio Fernández Pérez]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 26 Sep 2020 18:58:11 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Puede un trabajador ser multado según el decreto ley 272 del 2001, artículo 18 inciso r por   ser profesor de un estudiante de secundaria básica al que en el momento de la pesquisa por parte de los funcionarios de higiene y epidemiología el estudiante no tenía  corta la uña del dedo meñique]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Puede un trabajador ser multado según el decreto ley 272 del 2001, artículo 18 inciso r por   ser profesor de un estudiante de secundaria básica al que en el momento de la pesquisa por parte de los funcionarios de higiene y epidemiología el estudiante no tenía  corta la uña del dedo meñique</p>
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		Por: Maykel Toledo Hernández		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Maykel Toledo Hernández]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 14 May 2020 16:43:05 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Eloy, me alegra mucho la publicación de su artículo. Me ha indignado muchísimo el actuar inapropiado del Estado Cubano en materia de legalidad en su afán por enfrentar la Covid-19 en Cuba obviando cuestiones legales en su desesperación por enfrentar esta pandemia.
Sin embargo me a pena que la prensa cubana no se va a ser eco de su artículo y la mayoría de los cubanos no van a tener la posibilidad de conocer esos elementos sólidos que has aportado.
Los cubanos poseemos un desconocimiento extraordinario de la Ley y por eso cuando se nos violan derechos por el propio Estado, muchas veces no nos damos cuenta, o simplemente toca tragar en seco.
Supongo que gracias a voces como la tuya, el Estado en alguna medida trató de enmendar &quot;sus errorcitos&quot; aprobando la Resolución 128/20 del Ministerio de Salud el 11 de mayo de 2020 y publicada al día siguiente en la Gaceta Oficial.
Lo más incómodo, colega del Derecho, es que todo esto se hace a la vista del Sistema Jurídico Cubano y sus órganos parecen no ver.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Eloy, me alegra mucho la publicación de su artículo. Me ha indignado muchísimo el actuar inapropiado del Estado Cubano en materia de legalidad en su afán por enfrentar la Covid-19 en Cuba obviando cuestiones legales en su desesperación por enfrentar esta pandemia.<br />
Sin embargo me a pena que la prensa cubana no se va a ser eco de su artículo y la mayoría de los cubanos no van a tener la posibilidad de conocer esos elementos sólidos que has aportado.<br />
Los cubanos poseemos un desconocimiento extraordinario de la Ley y por eso cuando se nos violan derechos por el propio Estado, muchas veces no nos damos cuenta, o simplemente toca tragar en seco.<br />
Supongo que gracias a voces como la tuya, el Estado en alguna medida trató de enmendar «sus errorcitos» aprobando la Resolución 128/20 del Ministerio de Salud el 11 de mayo de 2020 y publicada al día siguiente en la Gaceta Oficial.<br />
Lo más incómodo, colega del Derecho, es que todo esto se hace a la vista del Sistema Jurídico Cubano y sus órganos parecen no ver.</p>
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		Por: Milayne Expósito Escandón		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Milayne Expósito Escandón]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 14 May 2020 01:33:30 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Que sean más rudos con los que incumplen las leyes del pais]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Que sean más rudos con los que incumplen las leyes del pais</p>
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